El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) informa lo siguiente, con respecto al nombramiento de la señora Marjorie Jiménez Varela, como Intendente de Pensiones:
El artículo 33 de la Ley del Régimen Privado de Pensiones Complementarias, N°7523, establece que la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) contará con un Superintendente y un Intendente, cuyos nombramientos son función del Conassif según los artículos 171 y 172 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, N°7732. Asimismo, el artículo 38 de la Ley N°7523 establece como atribución del Superintendente el delegar poderes en los Intendentes (…). Bajo esta premisa, la figura del Intendente está establecida por Ley, por lo que el Conassif actualmente considera que no tiene las atribuciones legales para prescindir de dicha figura.
Por otro lado, las leyes que regulan el sistema de supervisión del sistema financiero no exigen que los cargos de Superintendentes e Intendentes estén sujetos a reglas de concurso público, sin embargo, según indicó el Presidente del Conassif, Luis Carlos Delgado Murillo, “en los últimos nombramientos se ha utilizado la sana práctica de invitar al público a participar, mediante publicaciones en las páginas Web del Conassif, Banco Central de Costa Rica (BCCR) y la SUPEN, siempre que cumplan con el perfil adecuado y en aras de la transparencia que caracteriza el accionar del Consejo”.
Bajo estas circunstancias, el proceso de nombramiento de la señora Jiménez ha sido totalmente transparente y se ha realizado bajo los más altos estándares de rigor, ética y prudencia.
De esta forma, el aviso de concurso se publicó el 8 de setiembre del 2015, para lo cual los interesados tenían tiempo hasta el 18 del mismo mes para presentar sus atestados.
Se recibieron un total de 11 curriculas de personas interesadas en el puesto, de los que se seleccionaron a cinco candidatos para un proceso de entrevistas con la Comisión de Nombramiento, quienes recomendaron al 2 Consejo entrevistar a dos candidatas del más alto perfil, para enfrentar los retos que en materia de pensiones se requiere.
Luego de un análisis muy estricto y concienzudo por parte del Consejo y previas entrevistas del Superintendente, se eligió a la señora Jiménez, quien cuenta con una vasta experiencia en cargos de alto nivel de la SUPEN, así como en el Banco Central de Costa Rica. Su formación académica y su experiencia profesional, se ajustan a las necesidades y exigencias técnicas del puesto.
Cabe destacar, que la Comisión de Nombramiento así como el Conassif, conocían el salario estipulado en el presupuesto de la SUPEN para el cargo de Intendente, basado en un salario de escala global que no contempla pluses por concepto de anualidades, méritos o salario escolar, condición contractual que se mantiene hasta este momento.
No obstante, el Presidente del Conassif Luis Carlos Delgado, se enteró recientemente que para este caso específico el salario de la señora Jiménez, podría ser calculado tomando en cuenta la escala salarial con pluses. Adicionalmente, es importante indicar que la política salarial de las Superintendencias es establecida y definida por el Banco Central de Costa Rica.
Dado lo anterior, el Conassif estudiará el caso para tomar las medidas correspondientes, las cuales se estarán informando oportunamente.